Origen Histórico del Proceso
Durante el
período paleolítico, los hombres primitivos resolvían sus conflictos mediante
la confrontación física directa contra quien les hubiera causado una ofensa o
agravio. Esta práctica, lejos de extinguirse en aquella época, pervive en la
actualidad bajo la forma de venganzas privadas que a menudo son noticia,
demostrando así que el instinto de la "justicia por mano propia" aún
persiste. Estos hechos constituyen una manifestación de lo que denominamos
acción directa; es decir, aquellos actos en los que el ser humano resuelve sus
disputas mediante el uso exclusivo de la fuerza. Si el ser humano hubiera
continuado con la acción directa de manera indefinida, lo más probable es que
nuestra especie se habría autodestruido. Para evitar este desenlace, los hombres
primitivos comenzaron a agruparse en tribus y clanes, donde la supervivencia
del grupo primaba sobre la venganza individual.
En estas nuevas
organizaciones sociales, se buscó resolver las disputas delegando la decisión
en un tercero ajeno al conflicto. Inicialmente, este tercero era el hombre más
fuerte del grupo, cuya autoridad residía en su capacidad coercitiva. Con el
tiempo, esta figura fue adquiriendo un carácter mítico o divino; así, la
resolución de conflictos pasó a ser potestad de los brujos, curanderos o
hechiceros, quienes eran considerados los más idóneos por su conexión con lo
sobrenatural. Posteriormente, varios grupos dejaron de estimar lo sobrenatural
como fuente de autoridad y comenzaron a valorar la experiencia. De esta forma,
la potestad de juzgar recayó en los ancianos de la comunidad. Con el
crecimiento de los grupos, el poder político se concentró y, con él, la
facultad de administrar justicia. Esta función fue entonces asumida por
soberanos, reyes o monarcas. Un claro ejemplo bíblico de esto es el juicio del
Rey Salomón, quien resolvió la disputa entre dos mujeres sobre la maternidad de
un niño.
Durante la Edad Media, surge
la figura del señor feudal, quien ejercía un poder absoluto sobre sus tierras,
incluyendo la administración de justicia. Hacia el final de este período, se
produjo un cambio crucial: la función de juzgar comenzó a delegarse en grupos o
estamentos especializados, lo que constituye el antecedente directo del moderno
servicio estatal de justicia. Es precisamente en esta época donde los grupos
humanos empiezan a variar su exigencia respecto al sentido de justicia. La
razón era simple: un mismo juez solucionaba conflictos similares de manera
distinta, generando inseguridad y malestar. Es así como comienza a gestarse una
lucha entre dos valores fundamentales: la justicia y la certeza.
Para entender el desenlace
de esta lucha, debemos remontarnos a la Francia revolucionaria de 1789. La
desconfianza social, alimentada por la corrupción de los parlamentos del
antiguo régimen, produjo su abolición y provocó la creación de una nueva
institución encargada del servicio de justicia. Es en este punto de la historia
donde se exige, por primera vez con claridad, que las decisiones judiciales
estén sustentadas en una norma jurídica previa. El juez ya no podía crear
derecho; debía limitarse a aplicarlo.
En este contexto histórico
cobra plena sentido la afirmación del procesalista peruano Juan Monroy Gálvez:
"El valor justicia está representado por el juez… El valor certeza está
representado por el legislador". Esto significa que el juez es la persona
encargada de resolver cada caso concreto buscando la solución más justa. Para
ello debe analizar los hechos, valorar las pruebas e interpretar la ley de
manera que se adapte a la situación particular. En otras palabras, el juez
humaniza el derecho.
A manera de ejemplo:
la ley dice: "El inquilino que no pague tres meses será desalojado"
(regla general). El juez, al ver el caso, descubre que el inquilino no pagó
porque estuvo hospitalizado cuatro meses y perdió su trabajo. El juez puede,
dependiendo del caso, darle un plazo extra, buscar un acuerdo o dictar una
sentencia que, sin ignorar la ley, considere esa situación de salud. Ahí está
aplicando justicia.
El legislador, en cambio,
tiene la función de crear leyes bajo márgenes claros, fijos y predecibles que
todos conozcan de antemano. La certeza significa que cada ciudadano sepa a qué
atenerse antes de actuar.
A manera de ejemplo: el
legislador establece: "La mayoría de edad se obtiene a los 18 años"
(regla cierta y general). Esto da certeza a todos: un juez no puede decidir
que, en un caso particular, la mayoría de edad sea a los 16 porque le
"parece más justo". La certeza impide que la justicia del juez se
vuelva arbitraria.
Esta pugna entre los dos
valores ha tenido un claro vencedor en nuestras sociedades modernas: el
legislador ha terminado por imponerse. La sociedad contemporánea, y
especialmente la sociedad capitalista, ha preferido la certeza a la justicia.
Esto ocurre ya que la certeza permite calcular, planificar y negociar. Permite
que los contratos se firmen sabiendo de antemano qué pasará si se incumplen.
Permite que las empresas inviertan con la seguridad de que las reglas del juego
no cambiarán según el humor del juez de turno. La certeza es la base del
mercado. La justicia, en cambio, es impredecible. Depende del caso concreto, de
las circunstancias personales, de la sensibilidad del juez. Su naturaleza es
singular. Y eso, para un sistema que necesita estandarización y previsibilidad,
resulta incómodo.
Sin embargo, esta victoria
del legislador tiene un costo elevado. Al privilegiar la certeza sobre la
justicia, nuestro sistema jurídico corre el riesgo de convertirse en un mero
mecanismo que aplica reglas generales sin tener en cuenta a la persona que
tiene frente a sí. El juez queda reducido a un simple aplicador de la ley y
pierde esa capacidad de humanizar el derecho. Como advierte Monroy Gálvez:
"… el Derecho es finalmente una manifestación de las relaciones sociales
de producción y consumo al interior de una sociedad determinada. No debe
parecer extraño que su actuación sirva para consolidar el sistema social que lo
define y explica, sin que sea relevante apreciar o valorar cuánto tiene de
injusto".
En síntesis, la necesidad de
superar la destructiva acción directa impulsó al ser humano a organizarse
socialmente y a delegar la resolución de conflictos en un tercero. Esta
función, que inicialmente recayó en figuras de autoridad como el más fuerte, el
hechicero o el anciano, terminó por concentrarse en el rey o soberano. Sin
embargo, el crecimiento demográfico, los abusos de poder y la exigencia social
de decisiones predecibles hicieron inevitable que la función de juzgar se
institucionalizara y se sometiera a la ley. La Revolución Francesa selló este
proceso: el juez dejó de ser creador de derecho para convertirse en un
aplicador de la ley. Hoy, en nuestras sociedades capitalistas, el legislador ha
vencido al juez. Pero esta victoria, como todo triunfo unipolar, encierra una
advertencia: un derecho que privilegia la certeza sobre la justicia corre el
riesgo de ser técnicamente perfecto, pero humanamente ciego. El desafío del
jurista moderno es recordar que, detrás de cada norma general, hay un ser
humano concreto esperando una solución justa.
Monroy Galvez, J. (2021). Teoría
General del Proceso. Lima: COMMUNITAS.
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